Crédito hipotecario destinado a financiar la adquisición de vivienda principal, dirigido a personas naturales venezolanos o extranjeros que hayan adquirido su condición de residente.
Caracteristicas
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Tasa de interés variable, fijada por el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (BANAVIH).
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Garantía: vivienda a adquirir.
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Subsidio como complemento de cuota inicial de la vivienda a adquirir para quienes devenguen ingresos familiares mensuales hasta 2.600,00 Bs.
Beneficios
- Atención rápida y personalizada.
- Prestigio y referencias bancarias.
- Amplia red de oficinas en el territorio nacional.
Consideraciones de Ley
A continuación se describen algunas consideraciones de las Normas Técnicas sobre Requisitos y Documentación para el Otorgamiento de Crédito Hipotecario para la Adquisición de Vivienda Principal publicadas en la Gaceta Oficial N° 39.304 del día 11 de noviembre de 2.009. Para conocer más detalle de este documento haga clic aquí.
¿Quiénes pueden solicitar un crédito?
1. Un (1) solicitante.
2. Hasta un grupo máximo de tres (3) cosolicitantes, conformado por:
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Una comunidad de cónyuges o concubinos, cuyos integrantes devenguen y declaren la totalidad
de sus ingresos como grupo familiar.
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Hasta tres (3) cosolicitantes solteros, viudos o divorciados miembros de una misma familia con parentesco entre ellos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
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Una comunidad de cónyuges y un (1) familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
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Una comunidad de concubinos y un (1) familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
Requisitos aplicables al solicitante o los cosolicitantes
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Ser venezolano. En caso de ser extranjero, deberá haber adquirido legalmente la residencia.
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Ser mayor de edad.
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Declarar su ingreso mensual para el cálculo del Ingreso Total Mensual Familiar del grupo familiar.
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Ser cotizante activo y solvente del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.
- Los solicitantes o cosolicitantes que, habiendo realizado sus aportes, hayan evidenciado que los patronos o empleadores no se encuentren al día con los aportes a los que están obligados por Ley, deberán incorporar a la solicitud copia de la denuncia interpuesta al respecto ante el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH).
- Los solicitantes o cosolicitantes que no tengan relación de dependencia laboral deberán realizar sus aportes conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, sobre la base de la certificación de sus ingresos emitida por un Contador Público.
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No ser propietario ni copropietario de una vivienda principal. Quedan exceptuados de este requisito:
- El solicitante o los cosolicitantes del préstamo hipotecario que hayan firmado opción de compra-venta de su vivienda principal con la intención de adquirir una nueva vivienda principal.
- El solicitante o los cosolicitantes del préstamo hipotecario que posean derechos sobre una vivienda como consecuencia de la liquidación de la comunidad conyugal o concubinaria, por separación de bienes en caso de divorcio, o posean derechos sucesorales o derechos adquiridos como cosolicitantes de créditos, siempre y cuando el aspirante al préstamo hipotecario para la adquisición del referido inmueble como vivienda principal, manifieste que la habitará con su familia.
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No haber recibido durante los últimos cinco (5) años, préstamo hipotecario con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) ni con otros recursos regulados por las leyes en materia de vivienda y hábitat.
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Tener capacidad de pago comprobada para cubrir la cuota financiera mensual del préstamo hipotecario solicitado.
Ingreso Total Mensual Familiar
Para obtener el Ingreso Total Mensual Familiar se sumarán los ingresos totales mensuales demostrables del solicitante y de cada uno de los cosolicitantes, siendo estos ingresos la base para el análisis de la capacidad crediticia de los solicitantes y el otorgamiento del Subsidio Directo Habitacional.
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En caso que los solicitantes o cosolicitantes mantengan una relación de dependencia laboral, se tomará en cuenta el salario integral, pudiendo incluir cualquier otro ingreso adicional demostrable, que no sea ocasional y que no corresponda al beneficio de cupones, ticket o tarjeta electrónica de alimentación, siendo éste equivalente al declarado por el solicitante o cosolicitantes como base de cálculo de los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.
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En caso que el solicitante o cosolicitantes sean trabajadores por cuenta propia o sean accionistas
de sus empresas, el ingreso total mensual demostrable del solicitante o los cosolicitantes serán los ingresos que de forma económicamente equivalente a la regularidad de un salario integral mensual, resulten demostrables a través de Certificación de Ingresos y Balance Personal firmado por un contador público colegiado, siendo éstos equivalente al declarado por el solicitante o cosolicitantes como base de cálculo de los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.
Condiciones para el Subsidio Directo Habitacional
Para ser beneficiario del Subsidio Directo Habitacional, el solicitante o los cosolicitantes no deben haber recibido previamente algún otro subsidio o asistencia de características similares por parte del Estado, salvo en aquéllos casos en que los beneficiarios del subsidio sean objeto de situaciones de contingencia, por catástrofes naturales, calamidades públicas u otro acontecimiento similar que conlleve la pérdida de su vivienda principal, debidamente comprobada mediante certificación emitida por la autoridad competente y aprobada por el Ministerio con competencia en materia de vivienda y hábitat.
El Subsidio Directo Habitacional sólo podrá ser gestionado ante Mercantil, C.A. Banco Universal y se aplicará sólo una vez por grupo familiar.
Registro de Vivienda Principal
Una vez registrado el crédito hipotecario, el beneficiario estará obligado a presentar ante Mercantil, C.A. Banco Universal, el certificado de Inscripción de Vivienda Principal en un lapso no mayor de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la fecha de registro del documento.
Recaudos
En Mercantil le hacemos más cómoda y ágil la tramitación de su crédito.
Es muy fácil, para ello:
- Descargue o Imprima los recaudos necesarios, haga clic aquí.
- Complete la documentación solicitada.
- Acérquese a nuestras oficinas con la documentación donde será atendido por nuestros Ejecutivos de Relación.
Para contacto o mayor información